De acuerdo a lo anunciado el mes pasado en una nota publicada en este sitio web, la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT estaba examinando los casos que en definitiva iba a analizar en el curso de sus sesiones. El caso Uruguay que fue abierto en el año 2009, trata de incumplimientos de la normativa local, a los Convenios Internacionales de la OIT sobre negociación colectiva y libertad sindical (Núm. 98 y 87).
¿Por qué quedamos incluidos en la lista?
En febrero de 2019, la Comisión de Expertos de la OIT había llamado la atención al gobierno de Uruguay que debía cumplir con lo indicado por la OIT. En un informe que hicimos en marzo de 2019, decíamos que el equipo de gobierno laboral debería poner el foco exclusivo en este asunto y enviar los proyectos de ley requeridos, antes de la próxima Conferencia de la OIT de junio de 2019. Advertíamos que si no había un movimiento rápido en este sentido, era altamente probable que el caso Uruguay fuera seleccionado para ser examinado por la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia.
El gobierno no hizo ningún movimiento y se quedó tranquilo. Pero esta pasividad le cuesta al Uruguay, que hoy 11 de junio de 2019, nuestro país fue seleccionado por su no cumplimiento a las recomendaciones realizadas en marzo de 2010 por el Comité de Libertad Sindical de la OIT. En este informe y en los posteriores, se instaba al gobierno a modificar varios artículos de la Ley 18.566 de negociación colectiva y a garantizar la libertad de trabajo y de empresa, que estaban siendo vulneradas por las ocupaciones y piquetes.
Uruguay quedó incluido por varias razones:
1º Porque desde marzo de 2010, los órganos de contralor de la OIT (Comité de Libertad Sindical, inicialmente, y luego la Comisión de Expertos), le señalaron en forma reiterada al gobierno que tenía que modificar su legislación en materia de negociación colectiva y de ocupaciones y piquetes.
El gobierno si bien instaló el diálogo tripartito, ante la ausencia de acuerdos, quedó inmovilizado y no cumplió con someter un proyecto de ley que cumpliera con las recomendaciones de la OIT.
Por nuestro lado, en marzo de 2015 elaboré un proyecto de ley que atendía estas recomendaciones y fue enviado al gobierno y a los actores sociales. Ante la ausencia de respuestas, presenté este proyecto en el Parlamento en marzo de 2017 a través de dos diputados nacionales. El Proyecto está allí a estudio y puede ser utilizado como un insumo.
2º Porque las respuestas que el gobierno brindó a los pedidos de la Comisión de Expertos fueron insatisfactorias. Se mencionaba la existencia de negociaciones que se dilataban en el tiempo, pero que luego no se concretaron en una propuesta de proyecto de ley enviado por el gobierno al Parlamento.
3º Porque es muy grave que se esté incumplimiento Convenios Internacionales sobre negociación colectiva y libertad sindical, que según la OIT en su Declaración de junio de 1998, son fundamentales, y se tienen que cumplir a cabalidad, sin restricciones ni retrasos.
¿Qué hacer ahora?
La Comisión de Aplicación de Normas escuchará las explicaciones del gobierno y luego elevará un informe a la Conferencia General, la que de regla, aprueba el informe. Esto sucederá sobre el 21 de junio de 2019.
Lamentamos que Uruguay esté expuesto ante una Conferencia General de la OIT, que tiene más de 6.000 delegados de todo el mundo, como un incumplidor contumaz del Convenio Internacional fundamental sobre negociación colectiva. Esto no le hace nada bien a la imagen y el prestigio de Uruguay ante el mundo inversor, que toma en cuenta el cumplimiento de las normas, como una garantía de seguridad jurídica. Nuestro país es miembro fundador de la OIT y como tal, tiene que dar el ejemplo de buen cumplidor de sus obligaciones internacionales, y en particular, cumplir los Convenios Internacionales que aprobó por Ley local.
Luego de finalizada la Conferencia General, el gobierno tiene que poner foco en enviar en forma urgente, un proyecto de ley, que modifique la Ley 18.566 sobre negociación colectiva, y otro proyecto de ley que garantice la libertad de trabajo y de empresa en caso de ocupaciones y piquetes. Estos dos proyectos se los ha pedido la OIT al gobierno. Si en lo que resta del año se envían estos proyectos alineados a las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de 2010 y al último informe del Comité de Expertos de febrero de 2019, mejoraríamos nuestra imagen y daríamos un mensaje de que hay voluntad real de revertir la situación y aprobar las normas requeridas.