Nuevas medidas sociales por pandemia: empleo y +65

La pandemia en Uruguay no cede pese a las medidas de cierre de fronteras y restricciones del derecho de reunión. Los impactos sociales y económicos son importantes y los recursos son escasos para atender las urgencias de las personas.

El gobierno trata de atender la situación de los distintos sectores con medidas paliativas, como la prórroga del plazo del subsidio por desempleo parcial hasta el 31 de marzo de 2021.

Esta medida ayudará a que las empresas mantengan el empleo de los trabajadores, reduciendo el número de jornadas en el mes (mínimo de 6 días y un máximo de 19 días) o el número de horas al día (50%). La pérdida de salario que significa esta reducción será parcialmente compensada con un subsidio del seguro por desempleo que abona el Instituto de Seguridad Social (BPS).

Se dispuso también otra medida de mantenimiento del empleo mediante incentivos económicos. Se acordó un aporte estatal no reembosable de $ 5.000 (USD 116) mensuales a las empresas y por cada trabajador reintegrado comprendido en el subsidio por desempleo por la causal reducción de jornadas u horario de trabajo, entre otros.

El aporte estatal se generará por mes natural y desde el reintegro total del trabajador producido entre los meses de diciembre de 2020 y marzo de 2021. Este aporte estará sujeto a la conservación de los puestos de trabajo de los trabajadores reintegrados. El crédito resultante se generará por cada mes de reintegro de cada trabajador en el período mencionado.

Se establece que quedará sin efecto el crédito resultante del aporte estatal generado por la empresa durante todo el período, cuando existan trabajadores de la empresa beneficiaria que se hayan amparado al subsidio por desempleo en el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021.

También se perderá en caso de que el Banco de Previsión social compruebe acciones u omisiones de las empresas tendientes a la acreditación indebida del crédito resultante del aporte estatal.

El aporte estatal no será acumulable con cualquier prestación o subsidio vinculado al fomento del empleo y relacionado con el trabajador reintegrado, que esté previsto en la normativa vigente.

En el marco de evitar la aglomeración de personas de riesgo en el trabajo, el gobierno dispuso que las personas de 65 años o más, comprendidas en el ámbito de aplicación del seguro por enfermedad, podrán permanecer en aislamiento desde el 20 de diciembre de 2020 y hasta el 28 de febrero de 2021, según determinen y comuniquen las empresas al Banco de Previsión Social. Están excluidos los trabajadores que puedan realizar o realicen sus tareas habituales desde su domicilio.

Se entiende por aislamiento, la permanencia de la persona en su domicilio, salvo en caso de imperiosa necesidad o urgencia.

Se dispone que todas las personas que estén en situación de aislamiento según lo mencionado tienen derecho a percibir un subsidio por enfermedad por parte del Instituto de Seguridad Social, por el período de aislamiento.

Finalmente, el Poder Ejecutivo fijó el monto del salario mínimo nacional en la suma de $ 17.930 (USD 417) a partir del 1º de enero de 2021.