El gobierno presentó a los actores sociales las pautas de ajustes salariales para la novena ronda de Consejos de Salarios (CS). Se reunirán el 19 de julio y allí los empleadores y trabajadores realizarán sus devoluciones.
Luego, el gobierno decidirá si modifica en algún aspecto sus pautas. Definido esto, se convocará directamente a la negociación en los CS en cada grupo y subgrupos, cuyos convenios vencieron el 30 de junio de 2021. Por tanto, no va a existir un convenio tripartito previo como sucedió en la ronda anterior del 2020.
Se sigue negociando aumentos de salarios en un ámbito tripartito, como lo es el CS, a pesar de que la OIT entiende y así lo hizo saber a Uruguay, que la negociación debe realizarse directamente entre los actores sociales, conforme al Convenio número 98, ratificado por Uruguay.
La pauta distingue entre sectores menos o poco afectados por la pandemia, y sectores muy afectados por esta última. Y en base a ello formula propuestas diferentes de aumentos de salarios y de plazo del convenio.
Sectores menos o poco afectados
Se propone un convenio con una vigencia de dos años, con cuatro ajustes semestrales. Estos ajustes incluyen la inflación estimada por el gobierno para cada semestre, más un porcentaje de recuperación de la pérdida de salario real registrada a junio de 2021. El porcentaje de recuperación en los dos años será del 1,6%.
En algunos tramos de ajustes, las microempresas tendrán un ajuste menor y también una inferior recuperación salarial (sería del 1%).
Se prevé un correctivo por inflación al final del período de dos años, esto es, el 1º de julio de 2023, siempre que la inflación estimada acumulada sea inferior a la inflación real. La novedad es que para los salarios mayores a $ 110.000 nominales, se aplicará el porcentaje del correctivo por el tramo del salario menor a dicha suma.
En la pauta se establece que el correctivo se aplicará en forma diferencial en función de la recuperación del empleo en cada sector a junio de 2023, tomando como referencia a junio de 2019.
Sectores muy afectados
Se entiende que son sectores muy afectados por la pandemia, los que están nominados en el artículo 2º de la Ley 19.942. Son esencialmente los sectores vinculados al turismo (hoteles y gastronomía, agencia de viajes, etc.), artistas, entretenimiento, algunas categorías de transportes, educación deportiva y recreativa, empresas vinculadas a eventos, entre otras.
En este caso se propone un convenio puente de un año (julio 2021 a junio 2022). En julio 2021 no tendrán ajuste de salarios, y enero de 2022 tendrán un aumento de un 3%. No se prevé que haya porcentaje de recuperación de pérdida salarial ni correctivo al final del convenio. Esto se verá en la próxima negociación a realizarse en julio de 2022, donde se evaluará la situación de cada sector.