El 24 de agosto pasado el gobierno presentó a los sindicatos públicos, los lineamientos de ajustes de los salarios de los empleados públicos hasta diciembre de 2024, tomando en cuenta el contexto actual de pandemia Covid-19 y el estado complejo de las finanzas públicas.
Los sindicatos expresaron que implican una pérdida de salario real del 5% en el quinquenio. Por ello, el jueves 27 de agosto realizaron un paro general y por ello en los próximos días en señal de protesta, realizarán un paro general en el sector.
Se mantiene la política de ajustes de salarios en el mes de enero de cada año. El primer ajuste será en enero de 2021 y se compone del porcentaje de la inflación del año 2020, descontando un 5% (centro del rango meta de inflación oficial del Banco Central).
En enero de 2022, se otorgará el porcentaje de inflación al cierre de 2022 estimada por el gobierno en el Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2021-2024, que ingresa al Parlamento el 31 de agosto de 2020. En forma adicional, se otorgará un 30% de la pérdida de salario real registrada en el año 2021 (surgirá de la diferencia entre la inflación observada en el año 2021 y el porcentaje de ajuste otorgado en enero de 2021).
En enero de 2023, se otorgará la inflación proyectada en el Proyecto de Presupuesto Nacional para el cierre del año 2023. Si la inflación observada del año 2022 fue igual a la estimada en el Presupuesto Nacional, se otorgará un adicional del 25% del salario real perdido en el año 2021.
Si la inflación observada al cierre del 2022 fue mayor a la estimada en el Presupuesto Nacional, se adicionará la diferencia entre la inflación observada y la estimada. En este caso, no se otorgará el 25% recién mencionado.
En enero de 2024, se dará la inflación proyectada en el Presupuesto Nacional para el cierre del año 2024. Si la inflación observada al cierre del año 2023 fue igual a la estimada en el Presupuesto, se otorgará un adicional de un 45% del salario real perdido en el año 2021.
Si la inflación observada al cierre del año 2023 fue mayor a la estimada en el Presupuesto Nacional, se adicionará la diferencia entre la inflación observada y la inflación estimada para ese año. En tal caso, también se adicionará el 45% de la pérdida del salario real del año 2021.
Finalmente, se consigna si la inflación proyectada en los años 2022 y 2023 es menor a la proyectada en el Presupuesto Nacional, el resultado positivo de esos años se considerará para el ajuste del año siguiente.
Como cláusula de salvaguarda se establece que si el resultado financiero del sector público consolidado previsto en el Presupuesto Nacional no se cumpliera, el Poder Ejecutivo podrá convocar al Consejo Superior del sector público, a renegociar los ajustes y correctivos programados.