El gobierno laboral insta a se refuercen los controles de cumplimiento de los protocolos preventivos del Covid-19. La alarma surgió porque en tres semanas de procedimientos inspectivos, en el 60% de los casos se constató algún incumplimiento del protocolo aplicable.
La intensidad de los controles en los lugares de trabajo se debe a la cantidad de casos creciente de infectados por COVID-19, a pesar de que según se informó, el 30% de los empleados está realizando teletrabajo. El gobierno dispuso teletrabajo para las oficinas públicas cuando no se requiere atención presencial y sugirió a las empresas privadas a teletrabajar en los casos que es posible. Esta medida de excepción rige hasta el 18 de diciembre de 2020, donde se volverá a evaluar si los casos positivos decrecen.
Recordemos que en materia de protocolo genérico está vigente el contenido en las Resoluciones 52 y 54 del Ministerio de Trabajo (ver estos documentos en link al final). En forma adicional, hay protocolos específicos para algunos sectores de actividad (por ejemplo, construcción, química, medicamentos, comercio y servicios, etc.).
En estos documentos se establece que el empleador, a la Comisión bipartita de seguridad y a los Servicios de prevención y salud en el trabajo, coordinar los mecanismos necesarios para la confección de protocolos de prevención y actuación ante el riesgo del Covid-19, según la naturaleza y características propias de cada empresa o institución.
En cuanto al contenido del Protocolo, se menciona:
- Colocación en lugar visible o distribución de material informativo sobre el Covid-19 y los síntomas más habituales (fiebre, dificultades respiratorias, tos). La enfermedad se propaga cuando una persona infectada tose o exhala, despide gotas. Y estas últimas diseminadas en objetos que otros tocan, y ahí se contagian.
- La empresa debe proveer material de higiene necesarios para cumplir las medidas de control, prevención y actuación emitidas por el Ministerio de Salud Pñublica, como ser alcohol en gel y medios de protección personal.
- Utilización de mascarillas en el lugar de trabajo, con más intensidad respecto de los empleados que están en contacto cercano con otros empleados o en la atención al público.
- Limpieza e higiene de los lugares de trabajo en todos los lugares, y en especial, escritorios, mesas, picaportes, pasamanos y otros objetos (teléfonos y teclados),
- Informar que los artículos de uso personal sean de uso exclusivo de la persona y no se compartan con otros.
- Asegurar el adecuado mantenimiento y limpieza de los equipos de aire acondicionado.
- Lavado frecuente de manos con agua y jabón y alcohol en gel. El empleador debería proporcionar estos elementos en el lugar de trabajo y asegurarse de su continua reposición, y también, difundir esta práctica de higiene.
- Mantenimiento de la distancia mínima de un metro y medio entre personas.
- Procedimiento de actuación ante un caso positivo o sospecha de que un trabajador tiene síntomas. El Protocolo debe contener las medidas que se deben cumplir, como forma de protección de la salud de los que estuvieron en contacto con el caso positivo.
- https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/comunicacion/noticias/se-extrema-fiscalizacion-protocolos-covid-19