Gobierno incentiva la conservación del empleo

En el contexto actual de pandemia y de caída de la actividad, el gobierno aprobó una serie de medidas, direccionadas a la conservación del empleo por parte de los empleadores y evitar que se produzcan despidos. El gobierno mencionó que por efecto de la pandemia ya se perdieron 20.000 puestos de trabajo.

En la medida que se tenían contabilizadas 200.000 personas en el seguro por desempleo, se trata de que a la finalización del plazo máximo de amparo (mediados de julio o fines de julio de 2020), los empleadores reintegren a esos trabajadores o prolonguen su estadía en el seguro, conservando el puesto de trabajo.

En primer lugar, se aprobó un incentivo económico para las empresas que reincorporen trabajadores del seguro por desempleo o incorporen nuevos trabajadores. El incentivo es de $ 5.000 mensuales por cada trabajador reincorporado del seguro o nueva contratación por tres meses a partir de julio de 2020.

A partir del 1º de julio de 2020, las empresas beneficiarias de este incentivo, no podrán enviar nuevo personal al subsidio por desempleo bajo cualquier modalidad. Este beneficio lo aplicará directamente el Banco de Previsión Social, previo estudio de las nóminas de personal de cada empresa. De ser procedente, se generará un crédito a favor de la empresa, que lo podrá utilizar para cancelar sus obligaciones tributarias por contribuciones de seguridad social.

En segundo lugar, se dispuso la prórroga hasta el 30 de setiembre de 2020, el régimen del subsidio por desempleo especial parcial aplicable a los trabajadores con remuneración mensual. Sobre las características de este régimen escribí dos notas anteriores en este sitio. Este subsidio especial parcial podrá ser utilizado por las empresas que ya venían bajo esta modalidad.

Este subsidio especial parcial también se podrá utilizar como medio para conservar el empleo, cuando se agotó el término máximo de la prestación (4 meses), y decide reincorporar trabajadores bajo un régimen de medio horario o con reducción de jornadas completas en el mes (mínimo de seis días y un máximo de 19 días).

En tercer lugar, se creó un régimen de subsidio por desempleo especial parcial para los trabajadores remunerados por día o por hora y respecto de los que tienen remuneración variable y a destajo (precio por pieza producida). Estos trabajadores estaban comprendidos en el seguro de paro parcial, pero en condiciones menos beneficiosas que los trabajadores con remuneración mensual.

El gobierno resolvió extender el régimen de los mensuales a los trabajadores con otro tipo de remuneración, contemplando las particularidades asociadas al trabajo remunerado por día, por hora, a destajo y con otros componentes variables. De esta forma se mejora el subsidio por desempleo que perciben estos trabajadores, equiparándolo con el mismo régimen que tienen los mensuales.

En cuarto lugar, el gobierno resolvió que el para el caso que se venza el plazo máximo de suspensión total en el seguro por desempleo (4 meses), y la empresa no pueda reintegrar a sus trabajadores a tiempo parcial, se pueda prorrogar el plazo por un máximo de 90 días. A estos efectos la empresa deberá fundar su solicitud y asumir el compromiso de la conservación del empleo de esos trabajadores.

En quinto lugar, se resolvió extender el beneficio del subsidio por enfermedad para los empleados mayores de 65 años con el fin de que puedan quedarse en su casa y no ir a trabajar, salvo que puedan cumplir con su trabajo a distancia.

El gobierno anunció que el 29 de julio de 2020 se instalará una mesa de diálogo sobre el empleo y la sustentabilidad de las empresas. Se integrará con 4 representantes de los empleadores, de los trabajadores y del gobierno. Allí se analizarán las medidas que se proponen para activar el empleo, y en caso de existir acuerdo, el gobierno las pondrá en práctica.