En diciembre de este año se cumplen 72 años de la Declaración Universal de Derechos Humanos[1]. En esta oportunidad quiero rendir mi homenaje a esta Declaración que significó un gran avance humano en pro del derecho de las personas y no a las dos guerras mundiales precedentes.
Este es un compromiso universal reconocido en la mayoría de las Constituciones debe tener aplicación efectiva en el día a día y en ello los Poderes del Estado son los primeros responsables en que sean respetados y que las personas los puedan ejercer efectivamente.
A la escritura de los papeles le dan vida las personas y las instituciones. De nada sirve acumular reconocimiento de derechos humanos si luego en el diario vivir no se respetan. Vigencia efectiva de los derechos humanos y Estado de Derecho tienen una conexión indisoluble. El primero no existe si no se da lo segundo y viceversa.
La Declaración establece que en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones dispuestas por la Ley, con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás. Este principio de legalidad es una garantía democrática fundamental, que implica que el Poder Ejecutivo no puede afectar o limitar derechos.
Los derechos humanos en general reconocidos refieren a la vida, libertad, seguridad e igualdad de las personas, sin discriminación de clase alguna. Todos tenemos derechos y debemos ejercerlos en forma fraternal y armónica, de forma que nadie quede sin poder disfrutarlos. Por ello, toda persona tiene derechos, pero también deberes con relación al respeto al ejercicio del derecho de los demás.
Se reconoce el derecho de toda persona a recurrir a la justicia competente, que la ampare contra actos que vulneren sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la Ley.
En cuanto a los derechos humanos laborales, se reconoce que toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. También tiene derecho a igual salario por trabajo igual, sin discriminación alguna.
Se reconoce que toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
En cuanto a los derechos individuales relativos a la salud en el trabajo, la persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Respecto de los derechos colectivos, se reconoce el derecho de toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. También se reconoce el derecho de reunión y asociación pacífica, la libertad de pertenecer o no a una asociación, la libertad de pensamiento y de conciencia y la libertad de opinión y expresión, entre otros.
[1] Esta Declaración se aprobó en el Palacio de Chaillot (París), que es la foto de portada, que tuve el gusto de tomar.